Se fortalece la gobernanza ambiental en los municipios de la jurisdicción Cornare con el esquema de Pagos por Servicios Ambientales
Los Pagos por Servicios Ambientales se han consolidado como un instrumento económico que busca tender puentes entre la conservación de los ecosistemas y el bienestar de las comunidades que los habitan. Acorde con el semillero de investigación Formalización de los Derechos de Propiedad Agraria de la Pontificia Universidad Javeriana, “la protección de las áreas de especial interés ambiental y la creación de alternativas equilibradas entre el medio ambiente y el bienestar para la población ocupante y colindante en unas áreas determinadas, constituyen una obligacin del Estado según lo establecido en el artículo 8 de la Constitución política”. Bajo ese marco, los PSA en Colombia han sido pensados no solamente como un incentivo financiero, sino como un reconocimiento a quienes sostienen procesos de conservación en sus territorios, generalmente familias rurales que históricamente se han encargado con los costos de cuidar la naturaleza sin recibir una compensación clara.

La experiencia en otros países de América ha marcado el camino para Colombia y el mundo. Costa Rica, desde 1997, implementó un esquema de PSA financiado con el 3,5 % del impuesto a los combustibles, dirigido a proteger bosques y plantaciones forestales, para la protección de la biodiversidad, la mitigación del efecto invernadero, la belleza escénica y la protección de los recursos como el agua, convirtiéndose en un eje central de su estrategia nacional ante el cambio climático. México, por su parte, ha vinculado este tipo de conservación con recursos fiscales, donaciones y compensaciones ambientales, reconociendo durante cinco años a quienes mantienen coberturas naturales a través de contratos con la Comisión Nacional Forestal. Tal como señala la investigadora Carla Padilla Salas Revista Latinoamericana de Políticas Ambientales, el caso costarricense logró articular tres modalidades, la protección de bosques, las plantaciones en bloque y los sistemas agroforestales, que ampliaron la mirada más allá de la simple preservación. Estos referentes, aunque diferentes en diseño, evidencian que la conservación puede ser viable si se asume como un compromiso colectivo y no como una carga individual.
El caso de Colombia: avances y retos
En Colombia, los PSA se inscriben en una tradición jurídica que reconoce la función ecológica de la propiedad, como lo expresa el artículo 333 de la Constitución. Inicialmente, la base legal del esquema de Pago por Servicios Ambientales, está en el Artículo 111 de la Ley 99 de 1993, modificado por la Ley 1450 de 2011.
Sin embargo, no fue sino hasta el decreto 870 de 2017 cuando se estableció un marco claro al definirlos como “un reconocimiento económico inmediato, de carácter voluntario, por las acciones que permitan el mantenimiento y generación de servicios ambientales, realizadas en áreas y ecosistemas estratégicos con presencia de cultivos de uso ilícito, conflictos por usos del suelo y en áreas de especial importancia”. De esta manera, el país
adoptó un modelo específico que no se ajusta a la contratación estatal tradicional, sino que se acerca más al modelo de los acuerdos civiles y comerciales más flexibles, lo que ha permitido vincular a una pluralidad de actores, desde autoridades ambientales y entidades públicas, hasta organizaciones internacionales y empresas privadas.
Los beneficios y desafíos de este instrumento son múltiples. Por un lado, los PSA han contribuido a la preservación de ecosistemas stratégicas, al fortalecimiento de valores culturales en torno al cuidado del patrimonio natural y al reconocimiento del rol de las comunidades rurales en la gobernanza ambiental. El CONPES 3886 de 2017 enfatiza, por ejemplo, que los propietarios deben ser vistos como “proveedores de los servicios ambientales y no como potenciales contaminadores o destructores de los ecosistemas”. Por el otro, autores como María Alejandra León y Julio Otero, advierten en el artículo Limitaciones financieras en los programas de Pagos por Servicios Ambientales en Colombia que la sostenibilidad de los acuerdos está condicionada por la disponibilidad de recursos, lo cual plantea el riesgo de que la conservación se detenga una vez desaparece el incentivo; por lo cual el reto es cultivar a lo largo del proceso una mirada comunitaria alejada del antropocentrismo, que esté lejos de reproducir una visión de la naturaleza valorada exclusivamente como servicio o mercancía.

Un zoom a los impactos en la jurisdicción de Cornare
El caso de la jurisdicción de Cornare ofrece un ejemplo de cómo se traduce esta política en resultados tangibles. Durante 2025, gracias a la articulación de la Gobernación de Antioquia, Cornare, las alcaldías municipales y la corporación Masbosques, se han invertido cerca de 7.543 millones de pesos en pagos por servicios ambientales, con los que fue posible impactar en la vida de 1.745 familias rurales que, en retorno a su compromiso con la conservación, están preservando 10.949 hectáreas de ecosistemas estratégicos. Además, se fortalecieron 24 negocios verdes, demostrando que la conservación puede y debe estar ligada a alternativas económicas sostenibles.
El programa reconoce la diversidad de las familias participantes, que van desde aquellas que conservan una hectárea o más y reciben el cien por ciento del incentivo definido en el estudio de costo de oportunidad, equivalentes a 394.592 pesos, mientras que quienes protegen entre 0,51 y 0,99 hectáreas reciben el 75 por ciento, y las que conservan entre 0,3 y 0,5 hectáreas acceden al 50 por ciento. Este enfoque inclusivo permite que hogares con predios de menor extensión, pero con gran importancia para la conservación del recurso hídrico, y que en otras políticas suelen quedar excluidos, participen activamente de este esquema de conservación.
La suma de poblaciones en distintas regiones del Oriente antioqueño protegiendo ecosistemas estratégicos, revela cómo cada ecosistema aporta servicios distintos y cómo cada comunidad, con sus prácticas, contribuye a un mismo fin colectivo. En la zona de Valles, 583 familias preservan 2.754 hectáreas; en Bosques, 260 familias protegen 2.177
hectáreas; en Páramos, 309 familias aseguran 2.490 hectáreas; en Porce Nus, 257 familias resguardan 1.402 hectáreas; y en Aguas, 336 familias conservando 2.125.
Más que cifras, estos datos se traducen en la protección de cientos de especies de flora y fauna que sostienen la vida en los territorios. Entre las especies vegetales que garantizan la regulación hídrica, la estabilidad de los suelos y el equilibrio climático de la región, se encuentran el cedrillo, el guamo, el majagua, el chagualo, el drago, el yarumo, el encenillo, la ceiba y el abarco, además del helecho sarro, el arrayán, el nigüito, el roble, la palma de cera y el anturio. Junto a ellas conviven numerosas especies de como la zarigüeya o el mono tití gris, el oso perezoso, el oso hormiguero, la nutria, el cusumbo, el tigrillo, el conejo de monte, el zorro, el erizo y el armadillo, además de aves como la guacharaca, el carpintero, el barranquero, el gulungo, el gallinazo, el sinsonte, el turpial y el pato de torrente, reptiles como serpientes, iguanas y lagartijas, y anfibios como ranas que cumplen funciones ecológicas de gran valor.
De esta manera, los PSA en Cornare se convierten en un tejido vivo de relaciones ecológicas y sociales, donde el incentivo económico es solo un medio para garantizar la continuidad de la vida en toda su diversidad.
La experiencia de Cornare demuestra que la conservación de los ecosistemas no puede ser responsabilidad exclusiva del Estado o de las comunidades, sino que exige esfuerzos compartidos donde convergen lo público, lo privado y lo comunitario. El financiamiento continúa siendo la principal dificultad para garantizar la permanencia de los PSA en los territorios, así como la necesidad de una mayor integración de estos programas con políticas de ordenamiento territorial, desarrollo rural y adaptación al cambio climático.
Como señala el Decreto 870 de 2017, más allá de la transacción económica, los PSA buscan “crear lazos de confianza entre las comunidades y el Estado”, y es precisamente en esa dimensión social donde radica su mayor potencial. Sin duda, el pago por servicios ambientales enseña que la preservación de la biodiversidad en el Oriente antioqueño solo es posible en la medida que se fortalezca como una apuesta conjunta que recuerde que, la sostenibilidad solo se logra entre todos.
Bibliografía de apoyo:
· Constitución Política de Colombia. (1991). Artículos 8 y 333.
· Decreto 870 de 2017. Por el cual se establece el Pago por Servicios Ambientales y otros incentivos a la conservación. Diario Oficial de la República de Colombia.
· Decreto 1007 de 2018. Por el cual se reglamenta el incentivo de Pago por Servicios Ambientales. Diario Oficial de la República de Colombia.
· Decreto 953 de 2013. Por el cual se establece el contenido mínimo de los contratos de Pago por Servicios Ambientales. Diario Oficial de la República de Colombia.
· Eslava, J. (2017). Reflexiones sobre el enfoque antropocéntrico en los Pagos por Servicios Ambientales. Revista de Estudios Ambientales, 15(2), 45–60.
· Fondo Patrimonio Natural. (2014). Incentivos para la conservación: instrumentos económicos y financieros. Bogotá: Fondo Patrimonio Natural.
· Hoyos, D., & Sandoval, J. (2022). El Pago por Servicios Ambientales: ¿Incentivo perverso o un acuerdo de buenas intenciones? Semillero de investigación Formalización de los Derechos de Propiedad Agraria, Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales, Pontificia Universidad Javeriana.
· León, M., & Otero, J. (2019). Limitaciones financieras en los programas de Pagos por Servicios Ambientales en Colombia. Estudios de Política Ambiental, 22(3), 101–120.
· Padilla, R., & Molina, C. (2017). Impacto socioeconómico del Programa de Pagos por Servicios Ambientales en Costa Rica. Revista Latinoamericana de Políticas Ambientales, 9(1), 33–52.
· Presidencia de la República de Colombia. (2016). Documento CONPES 3867. Estrategia de preparación institucional para la paz y el posconflicto. Bogotá.
· Presidencia de la República de Colombia. (2017). Documento CONPES 3886. Lineamientos de política para la implementación de Pagos por Servicios Ambientales y otros incentivos a la conservación. Bogotá.
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